Devolución parcial de las cuotas del impuesto sobre hidrocarburos
Estimado socio:
Le comunicamos, que está abierto el plazo para la solicitud de la devolución parcial de las cuotas del impuesto sobre hidrocarburos satisfechas por las adquisiciones de gasóleo agrícola, efectuadas durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
La cuantía establecida es de 63,71 euros por cada 1.000 litros de combustible. Por otro lado, se ha publicado el Real Decreto-Ley 7/2026, de 20 de marzo, que aprueba una AYUDA EXTRAORDINARIA dirigida a “compensar el posible incremento de costes provocados por el aumento del precio de los combustibles, derivado de la situación creada por la guerra en Irán”. El importe de la ayuda es de 0,20 euros por litro de gasóleo adquirido en un período determinado del año 2025, que corresponde a un 27,6 % de los litros totales adquiridos en el citado año. La misma se considera solicitada con la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos del ejercicio 2026 (gasóleo adquirido en 2025), sin que haya que presentar ninguna solicitud adicional.
Esta solicitud la puede presentar a través de la cooperativa, hasta el día 30 de junio de 2026. Para ello debe presentar la siguiente documentación:
- Código IBAN de la cuenta bancaria (24 caracteres alfanuméricos), en la que se efectuará la transferencia de la devolución.
- Matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo agrícola, y/o tipo y número de fabricación de la maquinaria, con las que se ha efectuado el consumo de gasóleo agrícola (motores para riego, buggies, etc.)
- Fotocopia de las facturas (excluidas las de la cooperativa), donde aparezca: Fecha, Número, Litros de gasóleo, Importe y Código de Identificación Minorista (CIM).
Para poder realizar la solicitud es necesario haber estado inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en el mismo año en el que realizaron las adquisiciones de gasóleo.
